La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó este Jueves, 24 de septiembre de 2015 la venta y comercialización de los cigarrillos electrónicos en Mexico.
La Corte declaró inconstitucionales dos artículos de la ley General para el Control del Tabaco, el 16 y el 47, que prohibían la venta de estos dispositivos y señaló que no se puede dar un trato igualitario a los productos que contienen tabaco y a los que no lo tienen, ya que eso viola la Constitución Política de México.
Con este fallo concedieron un amparo a una empresa que había sido multada por la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios, por dedicarse a expender estos dispositivos. Por mucho tiempo, empresas como estas y muchas otras han tenido que obtener sus inventarios por medios clandestinos o directamente multados en aduanas.
Por años muchos de nuestros lectores han estado a la espera de una ley que les permita disfrutar todos los beneficios de los cigarrillos electrónicos en Mexico.
Fuente: CNNExpansion